TIPOS DE LICENCIAS

TIPOS DE LICENCIAS DE SOFTWARE
SOFTWARE LIBRE :
Es un software disponible para cualquiera que desee utilizarlo, copiarlo y distribuirlo, ya sea en su forma original o con modificaciones. La posibilidad de modificaciones implica que el código fuente está disponible. Si un programa es libre, puede ser potencialmente incluido en un sistema operativo también libre. Es importante no confundir software libre con software gratis, porque la libertad asociada al software libre de copiar, modificar y redistribuir, no significa gratuidad. Existen programas gratuitos que no pueden ser modificados .

El código fuente de un programa informático es un conjunto de líneas de texto con los pasos que debe seguir la computadora para ejecutar un programa.


COPYLEFT: Permite que los programas sean modificados y redistribuidos.Estas prácticas están generalmente prohibidas por la legislación internacional de copyright, que intenta impedir que alteraciones y copias sean efectuadas sin la autorización del o los autores. Las licencias que acompañan al software libre hacen uso de la legislación de copyright para impedir la utilización no autorizada.
A esta versión de copyright, se le da el nombre de copyleft

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GPL:  Con esta licencia el desarrollador conserva los derechos de autor,  pero permite su libre distribuciónmodificación uso siempre y cuando, en el caso de que el software se modifique, el nuevo software que se desarrolle como resultado quede oratoriamente con la misma licencia. Incluso si el software con licencia GPL solo fuera una parte de otro programa, este programa también tendría que mantener la licencia.


COPYRIGHT : Derecho exclusivo de un autor, editor o concesionario para explotar una obra literaria, científica o artística durante cierto tiempo.                                                                                                                                                                                    Imagen relacionada

AGPL : se engloba dentro de las licencias destinadas a modificar el derecho de autor derivadas de GNU. La novedad de AGPL es que, aparte de las cláusulas propias de una GNU GPL, ésta obliga a que se distribuya el software que se destine a dar servicios a través de una red de ordenadores, es decir, si se quiere usar como parte del desarrollo de un nuevo software, éste quedaría obligado a su libre distribución.
                                         
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CREATIVE COMMONS: su definición se basa en cuatro condiciones:
   · ‘Atribución, con la cual se puede distribuir, exhibir, representar… siempre y cuando se reconozca y se cite a su autor
   · No comercial, que no permite usar el software con fines comerciales
   · No derivadas, con la cual no se puede modificar dicha obra
   · Compartir igual, que incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la licencia original . CREATIVE COMMONS.
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